Nuñez Torrón Asesores

FACTURA ELECTRÓNICA

Blog

La Ley Crea y Crece “Ley de Creación y Crecimiento de empresas 18/2022”, en vigor desde el pasado mes de octubre de 2022, introdujo la factura electrónica obligatoria para empresarios y profesionales. Esta iniciativa va a terminar afectando a todo el conjunto de los actores de la economía española con capacidad para emitir una factura.

Fruto de este mandato, el pasado 15 de junio vio la luz el borrador de proyecto de Real Decreto por el que se por el que se desarrolla la (Ley Crea y Crece) de creación y crecimiento de empresas, en lo referido a la factura electrónica entre empresas y profesionales.

Una vez aprobado este desarrollo legal, comenzará a correr el reloj para que empresarios y profesionales de toda España se adapten al nuevo sistema de emisión de facturas.

El objetivo de la factura electrónica obligatoria es principalmente reducir la morosidad, una de las grandes causas de los problemas de liquidez y rentabilidad de muchas empresas, especialmente en el marco de las pymes.

La factura electrónica se define en el reglamento como “aquella factura expedida y recibida en formato electrónico entre empresarios y profesionales en la que se documenten operaciones comerciales concertadas entre ellos”. El texto asegura que las facturas electrónicas obligatorias deberán emitirse a través de un programa de facturación de la Agencia Tributaria, o bien un programa de factura electrónica certificado, siendo posible combinar ambas vías y que las facturas electrónicas deberán permanecer accesibles para su destinatario, tanto para su lectura como para su descarga o copia, durante al menos 4 años.

La facturación electrónica comenzará a aplicarse, e n el plazo de un año a partir de su desarrollo reglamentario para los empresarios y profesionales cuya facturación anual sea superior a 8 millones de euros. Para el resto de empresarios y profesionales, el margen de adaptación será de dos años desde la aprobación de dicho desarrollo reglamentario.

Además, las empresas y los autónomos deben dar acceso a sus programas informáticos a los destinatarios de las facturas electrónicas para que puedan leerlas, sacar copias, descargarlas, así como imprimir dichos documentos, de forma gratuita y sin que los destinatarios tengan que acudir, para satisfacer su apetito informativo, a otras fuentes.

No cabe duda de que tenemos importantes cambios a la vista. Y, en este sentido, es necesario que analicemos sus bondades y oportunidades como motor que nos ayude a superar las dificultades y retos que sin duda traerá consigo.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Ir al contenido